SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA

La Sub-Dirección Académica instrumenta y aplica estrategias curriculares, programas académicos de Pregrado, Investigación, Servicios Bibliotecarios, Técnicos Académicos y de Desarrollo Profesoral, con el fin de lograr egresados que se correspondan con las necesidades que determinan los planes de desarrollo de las áreas geográficas bajo influencias del núcleo.

Son atribuciones del Subdirector o Subdirectora Académico (a):

  1. Instrumentar y aplicar estrategias curriculares, Programas Académicos de Pregrado y servicios y recursos para el aprendizaje, de acuerdo con los lineamientos y normas establecidos por las máximas autoridades.
  2. Suplir las ausencias temporales del Director o Directora de Núcleo.
  3. Propiciar la realización de Proyectos de investigación científica, humanística y tecnológica, de acuerdo con las líneas de investigación establecidas por las máximas autoridades.
  4. Administrar el sistema integrado de servicios bibliotecarios y de soporte informacional para las actividades académicas, de investigación y de extensión que lleve a cabo el Núcleo.
  5. Desarrollar los procesos de investigación y la aplicación de modelos educativos alternativos para el aprendizaje.
  6. Administrar la prestación de servicios estudiantiles en materias tales como: orientación académica y pasantías.
  7. Proponer al Consejo de Núcleo modelos y programas de gestión académica para el corto, mediano y largo plazo, dentro de los lineamientos y estrategias establecidos por las máximas autoridades de la Universidad.
  8. Proponer la creación, modificación y/o cierre de carreras y estudios de postgrado en el Núcleo.
  9. Estructurar, programar y ejecutar los períodos regulares de estudios, su inicio y culminación, así como administrar la dotación de personal docente, equipos e infraestructuras físicas.
  10. Garantizar la distribución efectiva de material instruccional.
  11. Aplicar sistemas de evaluación y seguimiento de las actividades académicas del Núcleo, así como registrar indicadores y variables de consideración en cuanto a las carreras que se imparten en el Núcleo, horarios, cantidad de alumnos por aulas, calidad y cumplimiento del personal docente y otras similares.
  12. Las demás que le sean asignadas por los organismos universitarios y por el Director o Directora de Núcleo.